Recordemos que Cristian Cancino había sido detenido en mayo del 2009 tras encontrar/montar pólvora negra en la okupacion la idea, donde habitaba. Por esto y tras una extensa prisión preventiva finalmente aceptar un juicio abreviado quedando condenado a 541 días. El 14 de agosto del 2010 en el marco de la llamada “operación Salamandra” vuelve a ser detenido Cristian acusado por el mismo delito en el cual ya estaba cumpliendo pena pero ahora orquestado en un contexto distinto y con un juego de palabras burdamente elaborado: La condena por tenencia de material explosivo pasa a ser distribución de material explosivo a la asociación ilícita.
Ante estos grotescos vicios judiciales (acusar dos veces por un mismo delito a una persona) en la preparación de juicio llevado contra todos los imputados Cristian es sobresedido. La fiscalía apela y Cristian vuelve en un proceso independiente, esta vez ya no como facilitador de “pólvora” sino como quien almacenaba documentos relacionados con explosivos (que no era otra cosa mas que la carpeta investigativa que mantenía guardada de su proceso anterior del 2009).
Tras los masivos sobreseimientos el 4 de octubre del 2011 por el delito de asociación ilícita terrorista Cristian quedaba como uno de los únicos acusados que seguía solamente por este delirio.
El 28 de Octubre del 2011 comenzó la audiencia de preparación de juicio oral contra Cristan Cancino, inmediatamente la defensa exigió el sobreseimiento definitivo y tras torpes impedimentos de la fiscalía, se acepto el sobreseimiento total a Cristian.
La fiscalía trataba de aducir que aún seguían personas con ordenes pendientes por Asociación Ilícita Terrorista ( en referencia a l@s compañer@ s profug@s Diego Rios y Gabriela Curilem), pero ellos ha pesar de tener ordenes de detención nunca han sido formalizados por ese delito como tampoco han tenido relación o vínculo alguno con Cristian y se encuentran investigados y acusados por situaciones distintas (Diego, por tenencia de material explosivo desde el 2009 fecha en que permanece prófugo y Gabriela por la ridícula figura de “financiamiento del terrorismo”).
Los argumentos de la jueza fueron básicamente que el resto de los imputados ya habían sido sodreseídos por este mismo delito el 4 de octubre y que no podía existir nunca una asociación ilícita terrorista de una sola persona. Aun cuando la fiscalía dijo que apelara sobre esta resolución, difícilmente le podrán conceder su petición.
Aca puedes ver la resolución del sobreseimiento que otorgo el tribunal.